Aviso importante para víctimas inmigrantes:
Si presenta una solicitud ante el USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos) y la solicitud es rechazada, usted PUEDE correr el riesgo de ser puesto en proceso de deportación. Si el gobierno no sabe de usted, es arriesgado presentar una solicitud. Le recomendamos que hable con un abogado de inmigración para analizar todas sus opciones.
Por favor llame al Línea directa para nuevos estadounidenses Para ayuda: 1-800-566-7636. Pueden ayudarle con:
- Preguntas generales sobre inmigración y naturalización
- Ayuda legal
- Fraudes y estafas contra las comunidades inmigrantes
- La línea directa está abierta de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 y los sábados y domingos de 9:00 a 17:00, y ofrece ayuda en directo en más de 200 idiomas. La línea directa está gestionada por los Servicios Comunitarios de Caridades Católicas.
Para más información sobre sus derechos:
- Visitar immi.org
- Lea la edición de enero/febrero de 2025 Guía de recursos para inmigrantes neoyorquinos por la Coalición de Inmigración de Nueva York.
- Visita el sitio web del estado de Nueva York para Conozca sus recursos, conozca sus derechos.
Actualización 9 / 14 / 26
Auto-Petición de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)
Víctimas de Violencia doméstica también llamadas víctimas de violencia doméstica o violencia familiar) a menudo tienen demasiado miedo de su pareja abusiva como para pedir ayuda, especialmente a la policía. Las víctimas inmigrantes pueden sentir aún más miedo.
Su cónyuge abusivo puede:
- Impedir que pidas ayuda porque no tienes tus papeles migratorios
- Promete ayudarlo a obtener su estatus legal si permanece en la relación abusiva
- Usar el proceso de inmigración para amenazarlo, abusarlo o controlarlo
- Te amenazan con deportarte si no haces lo que quieren
Si eres una inmigrante víctima de violencia doméstica casada con un ciudadano estadounidense abusivo o un residente permanente legal (LPR), la Ley de violencia contra la mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) te protege.
¿Qué es la VAWA?
VAWA es una ley federal que le otorga el derecho de solicitar convertirse en residente permanente legal (obtener una "tarjeta verde") sin la ayuda de su cónyuge abusivo. Esta solicitud se denomina “autopetición”.
¿Califico para una auto-petición VAWA?
Usted califica para presentar una auto-petición VAWA si se aplica uno de los siguientes:
- Está o estuvo casado con un ciudadano estadounidense que ha abusado de usted
- Ha sido abusado por su cónyuge residente permanente legal o ex cónyuge
- Usted es padre de un niño que fue abusado por su ciudadano estadounidense o cónyuge LPR
- Ha sido abusado por su hijo o hija que es ciudadano de los EE. UU.
- Ha sido abusado por su padre ciudadano estadounidense,
- Ha sido abusado por su padre que es un residente permanente legal
La ley cubre a hombres y mujeres que son víctimas de violencia doméstica. También puede solicitar para sus hijos. No tienen que ser víctimas de abuso.
¿Qué tengo que probar?
Debe probar todas estas cosas:
Que Tú:
- Es hijo, padre o cónyuge actual o anterior de un Hijo, padre o cónyuge actual o anterior de un ciudadano estadounidense o residente permanente
- Vive o vivió con el abusador en los Estados Unidos,
- Tener “buen carácter moral” (no tener antecedentes penales)
- Es víctima de “agresión” o “crueldad extrema”
Si está o estuvo casado con el abusador: también debe probar que su matrimonio fue de “buena fe”. Esto significa que usted no se casó solo para obtener estatus migratorio.
Si no se casó con su pareja abusiva: puede ser elegible para una Visa U. (Consulte la pestaña Visa U en esta sección).
¿Cómo pruebo agresión o crueldad extrema?
La mayoría de los actos de la violencia de pareja es agresión o crueldad extrema. Ejemplos incluyen:
- Daño físico o mental
- Abuso psicológico, amenazarlo, menospreciarlo o aislarlo de los demás
- Abuso sexual, incluida la violación
NOTA: En los EE. UU. es contra la ley tener relaciones sexuales con su pareja íntima o cónyuge sin su consentimiento.
El Departamento de Seguridad Nacional considerará cualquier evidencia que sea creíble. Esto puede incluir:
- órdenes de protección
- Registros policiales o judiciales
- Registros médicos:
- Declaraciones juradas o declaraciones juradas de funcionarios escolares, trabajadores sociales o trabajadores de albergues
- Sus declaraciones escritas sobre lo sucedido.
¿Cómo solicito el estatus legal?
Puede presentar una autopetición presentando Formulario I-360. Petición para amerasiático, viuda(o) o inmigrante especial. Si el Departamento de Seguridad Nacional aprueba su autopetición VAWA, entonces puede solicitar la residencia permanente legal.
Nota: Si nunca se casó con su pareja abusiva, puede calificar para una Visa U. (Vea la pestaña Visa U.)
Para más información:
- Vaya a la Página de cónyuge, hijos y padres maltratados del sitio web de USCIS
- Ponte en contacto con un Crime Victim Advocate (Asesor de víctimas de delitos)
- Hablar con un abogado cerca de ti
Exención de cónyuge maltratado
Si se le emitió una tarjeta verde condicional porque ha estado casado con su cónyuge por menos de dos años cuando presentó una solicitud de visa, debe presentar una solicitud conjunta para una tarjeta verde permanente para demostrar que su matrimonio ha continuado. A veces, un cónyuge abusivo puede usar este requisito para controlar, asustar o dañar a su pareja inmigrante. Sin embargo, las víctimas de violencia doméstica son elegibles para presentar la solicitud sin la ayuda de su cónyuge abusivo.
¿Quién es elegible para solicitar una Exención para Cónyuges Maltratados?
Puede ser elegible para presentar una solicitud por su cuenta si:
- Ha sido golpeado o sometido a una crueldad extrema,
- Estás divorciado y el divorcio no fue culpa tuya,
- Su cónyuge ha muerto, O
- Sufriría dificultades extremas si no puede permanecer en los Estados Unidos.
¿Cómo solicito una exención de cónyuge maltratado?
Debe presentar una I-751 y marque la casilla que muestra que está solicitando por su cuenta. Debe incluir pruebas de agresión o crueldad extrema, como informes policiales o registros hospitalarios, órdenes de protección o declaraciones de testigos del abuso, incluidas sus propias declaraciones detalladas con su solicitud.
Para obtener más información e instrucciones sobre cómo completar el formulario I-751, visite el USCIS sitio web.
Visa U
El estatus de no inmigrante U, también llamado Visa U, está disponible para algunas víctimas de delitos, incluidas las víctimas de la violencia de pareja. Esta visa ofrece protección a las víctimas de delitos, que pueden temer la deportación, si cooperan con las fuerzas del orden público en la investigación o enjuiciamiento de los delincuentes.
¿Quién es elegible para solicitar una Visa U?
Puede ser elegible para una Visa U si:
- Eres víctima de ciertos delitos,
- Sufrió abuso físico o mental sustancial porque es víctima de una actividad delictiva,
- Tiene información sobre la actividad delictiva que puede ayudar a las fuerzas del orden público en el enjuiciamiento del delito, Y
- El crimen ocurrió en los Estados Unidos.
Algunos miembros de la familia también pueden estar protegidos por una visa U e incluidos en su solicitud.
¿Cuáles son los delitos calificables?
Para ser elegible para una Visa U, debe ser víctima de ciertos delitos, como:
- Chantaje
- Violencia Doméstica
- La Mutilación Genital Femenina
- Delito grave de asalto
- la Trata de Personas
- Secuestro
- Asesinato
- Prostitución
- Violación
- Manipulación de testigos
Puedes encontrar una lista de delitos calificativos en el sitio web de USCIS.
¿Cómo solicito una Visa U?
Para solicitar una visa U, debe presentar Formulario I-918. . Un oficial de policía, fiscal o juez debe certificar su ayuda en el Formulario I-918, Suplemento B.
Puede encontrar más información sobre el USCIS sitio web.
O póngase en contacto con un Crime Victim Advocate (Asesor de víctimas de delitos) o un abogado cerca de ti.
Visa S
Si tiene información sobre un crimen u organización criminal, incluidas las víctimas de un grupo criminal, puede ser elegible para una visa S. Esta visa temporal le permitiría viajar a los Estados Unidos para participar en un juicio penal como testigo. Las personas a las que se les han otorgado visas S también pueden ser elegibles para convertirse en residentes permanentes legales después de viajar a los Estados Unidos y ayudar a las fuerzas del orden público.
Un oficial de la ley estatal o federal debe solicitar esta visa y la residencia permanente para usted. Deberá cooperar con las fuerzas del orden y vivir bajo ciertas restricciones antes de que se le otorgue esta visa, y cualquier acuerdo de cooperación debe completarse antes de presentar una solicitud de residencia permanente legal.
Si está ayudando en una investigación o enjuiciamiento, hable con un oficial de policía o un fiscal sobre cómo obtener una Visa S, o encuentre más información sobre la USCIS sitio web.
Visa T
La trata de personas es una forma de esclavitud moderna. Los traficantes hacen falsas promesas a las víctimas de buenos trabajos y una vida mejor, y luego las obligan a trabajar en condiciones inhumanas o les impiden escapar. La trata de personas implica cualquier trabajo forzoso, no solo el trabajo sexual, aunque esa es una forma bien conocida de trata.
El estatus de no inmigrante T, también llamado visa T, ofrece protección migratoria a las víctimas de formas graves de tráfico sexual o laboral. La Visa T permite que estas víctimas permanezcan en los Estados Unidos hasta por 4 años si han ayudado a las fuerzas del orden público en una investigación o enjuiciamiento por trata de personas. Cerca del final de esos cuatro años, el titular de una visa T puede solicitar la residencia permanente legal.
¿Quién es elegible para una Visa T?
Puede ser elegible para una visa T si:
- Es o fue víctima de una forma grave de trata sexual o laboral,
- Están en los Estados Unidos por el tráfico,
- Ayudar a las fuerzas del orden público en la investigación penal o el enjuiciamiento de los traficantes, Y
- Demuestre que sufriría dificultades extremas si fuera expulsado de los Estados Unidos.
¿Cómo solicito una Visa T?
Para solicitar una visa T, debe presentar Formulario I-914. . Ciertos miembros de la familia también pueden ser elegibles para aplicar.
Puede encontrar más información sobre el USCIS sitio web.
O póngase en contacto con un Crime Victim Advocate (Asesor de víctimas de delitos) o un abogado cerca de ti.
Otros derechos de los inmigrantes víctimas de delitos
Los solicitantes de visa VAWA, S, T o U son elegibles para autorización de empleo y ciertos beneficios y servicios federales y estatales.
Ninguna agencia o trabajador dentro del Departamento de Seguridad Nacional, incluidos los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU., puede revelar que una víctima ha solicitado beneficios de inmigración VAWA, T o U. Su privacidad estará protegida y el gobierno no le dirá a su abusador sobre su solicitud y no le pedirá información sobre usted, incluso si su abusador es la única persona que tiene esa información.
Advertencia: puede ser deportado si no se aprueba su solicitud.
Bajo una nueva política, las agencias de inmigración de los Estados Unidos han anunciado que iniciarán un procedimiento de remoción (deportación) contra cualquier persona que no tenga un estatus migratorio legal si su solicitud es denegada, incluso contra los solicitantes que presenten solicitudes basadas en violencia doméstica. . Presentar una solicitud es arriesgado si el gobierno no sabe de usted.
Por esta razón, le recomendamos que consulte con un abogado de inmigración antes de presentar cualquier solicitud.
Puede encontrar más información sobre sus derechos en immi.org.
O llame al estado de Nueva York Línea directa para nuevos estadounidenses al 1-800-566-7636. La línea directa para nuevos estadounidenses brinda asistencia en vivo y referencias en más de 200 idiomas. Cualquiera puede llamar a la línea directa independientemente de su ciudadanía o estado documentado.
Ayuda con otras necesidades
Para obtener ayuda inmediata y denunciar un delito, llame al 911.
¿Busca información sobre el tribunal penal? Aprender acerca fundamentos de la corte penal o hablar con un crime victim advocate (defensor de víctimas de delitos) cercano.
¿Necesita ayuda para comprender los términos legales? Por favor vea el Glosario de ayuda judicial de NY.
¿Necesita ayuda para pagar alimentos, servicios públicos de vivienda o cuidado infantil? ¿Necesita ayuda con servicios de atención médica, discapacidad, vocacionales u otros? Visita findervicesNY.gov o visita el Programas sociales del estado de Nueva York sitio web.
Visite la sección de Líneas directas página para recursos nacionales y del estado de Nueva York.